- Categoría: Iniciativas parlamentarias
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
D. ODÓN ELORZA GONZÁLEZ, Diputado por Gipuzkoa, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el Art. 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente PREGUNTA, en relación con “el expediente de renovación, por la vía sucesoria, del Ducado de Primo de Rivera y de otros títulos concedidos por la dictadura”, para su respuesta escrita.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La existencia de una Grandeza de España junto al Título Nobiliario con la denominación de Ducado de Franco, concedido por el Rey Juan Carlos el 27 de noviembre de 1975, constituye una afrenta a la democracia española. La renovación de la concesión de dicho título por la vía sucesoria en la persona de la nieta del dictador se produjo el pasado mayo de 2018.
Ahora, de nuevo se publica en el BOE con fecha 14 de septiembre otro anuncio, en este caso para tramitar, por parte del Ministerio de Justicia, otra solicitud de sucesión en el Título de Duque de Primo de Rivera con Grandeza de España, al haberse producido el fallecimiento del último titular. Fue concedido por Decreto en 1948 junto a otros.
Por otra parte, el artículo 62 de la Constitución señala que “corresponde al Rey, ... conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes”. A su vez, el Real Decreto de 29 de mayo de 1912 sobre concesión y rehabilitación de Títulos y Grandezas de España, es la norma base que da sustento a la existencia y concesión de los diferentes títulos nobiliarios y ya ha sido objeto de reformas en la etapa democrática. Fue objeto de actualización por un Real Decreto 222/1988
Lo cierto es que no se puede apreciar ninguna de las causa, méritos ni supuestos que se citan en esa norma de 1912 ( “...se otorgan sólo como premio a esos mismos servicios a la Nación o como enaltecimiento de cualidades eminentes que sobresalen del nivel común en los distintos ramos del saber y de la actividad humana..”) como justificación de una concesión nobiliaria a la familia de Francisco Franco o de Primo de Rivera, entre otros.
Nos encontramos ante distinciones que concedió la dictadura a sus propios líderes y cuyo mantenimiento constituye una indignidad para la democracia y un incumplimiento de lo contemplado en la Ley 52/2007 de la Memoria.
En base a estas consideraciones, se formula al Gobierno la siguiente PREGUNTA:
1- .¿Cuáles son las razones que justifican, en opinión del Gobierno, el mantenimiento de la concesión de la Grandeza de España y el Título nobiliario de Ducado para la familia de Francisco Franco y Primo de Rivera entre otros?
2- ¿Es partidario el Gobierno de presentar ante el Congreso la reforma legislativa oportuna para modificar el Real Decreto de 29 de mayo de 1912 y Real Decreto 222/1988 sobre concesión y rehabilitación de Títulos y Grandezas de España, incorporando el supuesto que permita la supresión o revocación de dichos títulos?
3- ¿Mientras se tramita esa reforma legislativa, está el Gobierno dispuesto a paralizar la tramitación administrativa del expediente referido a la autorización para la sucesión del Título de Ducado concedido a la familia de Primo de Rivera?
En el Congreso de los Diputados, a 16 de septiembre de 2019.
EL DIPUTADO, ODÓN ELORZA GONZÁLEZ.
En medio de grandes incertidumbres, propias y ajenas, locales y globales, en un contexto general dominado por una crisis de valores, no podemos dejarnos llevar por una “tormenta perfecta” que arrastrará el desprestigio de la política y que alienta la confrontación y los miedos.
Debemos luchar por recuperar los valores de la democracia. Ánimo porque preveo un 10N muy complicado para las izquierdas mientras que a las derechas se les presenta la inesperada oportunidad de una segunda vuelta.
1. Para dar cumplimiento a las recomendaciones en materia de transparencia que el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), organismo del Consejo de Europa, realizó al legislativo español hace más de cinco años, el Parlamento debe contar con un Código Ético. Este ha de establecer la obligación de detallar las Declaraciones de bienes y actividades de los parlamentarios, regular los procedimientos internos de control para evitar conductas deshonestas o conflictos de intereses y señalar las buenas prácticas a seguir en el ejercicio del cargo público. Un Código Ético significa un conjunto de principios, valores y reglas de comportamiento a cumplir por los parlamentarios que ha de incorporarse, como anexo, al Reglamento del Congreso.
Con diferentes iniciativas he venido planteando, en años anteriores, la necesidad de aprobar un Código Ético para el Parlamento así como la reforma del Reglamento del Congreso. En este caso para lograr un Congreso abierto, más eficaz en sus funciones, participativo, transparente, accesible y conectado para interactuar también desde las TIC.
2. Desde julio, el Congreso y el Senado trabajan en un "código de conducta" que sea común para los parlamentarios. Los secretarios generales de ambas Cámaras refundirán el documento del Congreso en vigor y un borrador que se elaboró la pasada legislatura en el Senado. A finales de septiembre será remitido al estudio de los Grupos para su evaluación, debate y posterior aprobación por consenso.
El texto aprobado, a última hora, en la anterior legislatura por la anterior Presidenta del Congreso, Ana Pastor, no cumplía ni con un procedimiento correcto de elaboración y aprobación ni era idóneo por sus carencias.
3. El Código tiene que reforzar la obligación de los parlamentarios de detallar en su Declaración pública, en la web de la Cámara, sus ingresos, bienes patrimoniales, préstamos, trabajos desempeñados anteriormente, participación en sociedades o posesión concreta de acciones. El objetivo es evitar posibles conflictos de intereses. Exige la máxima transparencia y por tanto concreción en la Declaración que será luego objeto de revisión y control.
Ha de presentarse al comienzo y final de un mandato y con una certificación de Hacienda sobre la situación patrimonial de cada parlamentario y si está al día en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Así mismo, en diciembre de cada año han de proceder a actualizar dicha Declaración, además de añadir la correspondiente al IRPF.
4. El Código propondrá la creación de la Oficina de Conflicto de Intereses que tendrá funciones de comprobación de la veracidad, seguimiento y control efectivo de las declaraciones recogidas en el Registro de Intereses. Todo ello con la ayuda de los servicios jurídicos de la Cámara. Esa comprobación se efectuará sobre la dedicación exclusiva al Parlamento y las actividades desempeñadas que cuenten con una excepción de compatibilidad así como sobre los bienes e intereses de todo tipo que hayan sido declarados.
Las Comisiones del Estatuto de Diputados y Senadores serán competentes para la instrucción de procedimientos por infracción de la obligación de declarar con exactitud las actividades, los bienes patrimoniales y las rentas y elevarán sus propuestas de sanción a las Mesas de las Cámaras.
5. Entre las buenas prácticas parlamentarias que debiera recoger el Código destaco la obligación de hacer publicas en el Portal de Transparencia de las Cámaras las Agendas diarias de trabajo institucional, la celebración de encuentros con la ciudadanía y colectivos por parte de los parlamentarios, conducta a seguir en los trabajos e intervenciones en las Cámaras, dedicación intensa a sus funciones, abrir a la participación ciudadana sus trabajos e iniciativas de modo inclusivo, accesibilidad física y tecnológica (en este caso mediante un blog) a los parlamentario por parte de los electores y una rendición periódica de cuentas a nivel general y en su circunscripción.
6. El Código, en defensa del principio de transparencia, ha de entrar a regular los lobbys con la creación de un registro público en el que deberán inscribirse los grupos de interés/presión o lobbys para hacer públicas todas sus actividades y someterse a regulación y control, así como su conducta en las relaciones con los grupos y miembros del Congreso y Senado. Se creará una instancia de supervisión del registro y de señalamiento de sanciones ante posibles incumplimientos de las reglas de conducta establecidas.
7. El contenido del Código de conducta será accesible al público y establecerá la transparencia de las retribuciones individualizadas de los parlamentarios, las asignaciones a los Grupos así como las reprobaciones y medidas de recomendación dirigidas a quienes lo incumplan.
Se elaborará mediante un proceso de autorregulación y participación de los parlamentarios en su redacción para lograr un consenso y creará una vía institucional de asesoramiento para los casos de duda; lo mismo que una vía de denuncias ciudadanas.
8. El objetivo final del Código es prevenir la corrupción y ayudar a garantizar la integridad institucional. Se trata de conseguir un funcionamiento ético del Parlamento y un comportamiento íntegro y transparente de diputados y senadores para recuperar la confianza ciudadana y el prestigio de una institución que representa a la soberanía popular.
Ayudará a mejorar los procesos de rendición de cuentas y a actuar con honestidad y respeto a la ley, desarrollando en los políticos la conciencia de una ética pública y de una cultura de gestión responsable al servicio del interés general.
Odón Elorza / Diputado Socialista por Gipuzkoa / Publicado en El Diario Vasco el 23-8-2019.
San Sebastián, 29 de agosto de 2019 / Comunicación al Congreso Internacional sobre Transparencia en Málaga.