DOCUMENTO: HAY UN PLAN B PARA RENOVAR EL CGPJ.

> El bloqueo del PP a la renovación de los órganos constitucionales significa un desprecio a las reglas de la democracia por razones de estrategia electoral en su acoso al Gobierno. Y supone una grave paralización de las garantías del sistema institucional consensuado en la Constitución. Con este comportamiento, la derecha se muestra insumisa a las reglas democráticas y aplica una forma sutil de golpismo. La cuestión es cómo romper su juego.

¿Es posible un plan B para romper el bloqueo impuesto por el PP a la renovación de las instituciones? Considero que sí. Habría que recorrer una tramitación contemplada en las normas reguladoras pero aplicando al proceso un talante democrático innovador. Aunque reconozco que no ofrece garantía total de resolver un conflicto de Estado, lo cierto es que las decisiones sobre estos nombramientos no se pueden cocinar al margen del Parlamento (caso Cosidó).

De entrada, quiero subrayar el enorme daño que el bloqueo está produciendo a la credibilidad del sistema democrático y a la legitimidad de las instituciones afectadas, así como el desgaste que supone para la política y el Parlamento ante la ciudadanía.

La democracia no puede soportar por más tiempo -en el caso del CGPJ son tres años de retraso- que el PP desestabilice la vida pública y lleve a un callejón sin salida la renovación de los órganos constitucionales exigida por la Constitución y por las leyes que los regulan. Hablamos del Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. Todos son órganos decisivos en la arquitectura de nuestra democracia constitucional que exigen acuerdos transversales.

> La clave del plan B consiste en cambiar el eje de la negociación y el escenario que se ha mantenido hasta ahora, centrados en negociaciones entre los dos grandes partidos, algo más propio de la etapa del bipartidismo. Vivimos un tiempo político en el que hay que trasladar el proceso sobre las designaciones al eje institucional multipartidista del Parlamento, más abierto a la participación de los grupos y más transparente hacia la sociedad.

Se trata de cumplir con el mandato de la ley y lograr que el Parlamento asuma su papel y el protagonismo que le corresponde en una regeneración de la democracia. El artículo 568 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que “el Consejo General del Poder Judicial se renovará en su totalidad cada cinco años, contados desde la fecha de su constitución. Los Presidentes del Congreso y del Senado deberán adoptar las medidas necesarias para que la renovación del Consejo se produzca en plazo”. ¿Se han tomado medidas? ¿Deben esperar a que PSOE y PP cierren un acuerdo para iniciar el procedimiento? No.

Hace tres años que los órganos de gobierno del Congreso y Senado recibieron del Presidente del CGPJ la lista de los 50 jueces y magistrados que decidieron ser candidat@s para someterse a la designación de los doce vocales del turno de jueces del CGPJ por parte de los Plenos del Congreso y Senado. Para la elección de los cargos en aquellos organismos, el Parlamento debe seguir una metodología que se inicia con la recepción de las candidaturas de los grupos parlamentarios. Además, habría que efectuar, cuando correspondan, las comprobaciones y entrevistas a los candidatos en la Comisión Consultiva de nombramientos, órgano asesor que sirve para deliberar y alcanzar acuerdos que garanticen el apoyo de una mayoría cualificada de 3/5 de las Cámaras, mayoría a respetar como expresión del pluralismo político.

> En el caso del Congreso, sus instancias de gobierno, Presidencia de la Cámara y Mesa, son responsables de poner en marcha los procesos de cara a la designación de todos los vocales. Una vez que las cúpulas del PSOE y el PP o, si se prefiere, el Presidente del Gobierno y el jefe de la oposición no han conseguido un acuerdo sobre los términos de las renovaciones pendientes, deben tomar la iniciativa conscientes de que será necesario mucha deliberación, rigor y transparencia.

Todo el Parlamento sabe que las mujeres y los hombres de las candidaturas deben cumplir con los principios de mérito, capacidad e igualdad, de modo que se garantice su competencia, independencia e imparcialidad en el ejercicio del cargo. ¿Es posible un compromiso político que permita el cumplimiento de estos requisitos para una elección que respete el principio del pluralismo y que sea paritaria, con cintura política y superando un reparto por cuotas de partido que ya no puede ser el criterio central de la negociación?

Como Presidenta del Congreso, Meritxell Batet es la segunda autoridad política del Estado y cuenta con facultad negociadora. Tiene, además, la competencia de dictar resoluciones para ordenar con detalle el proceso y suplir las lagunas que ofrecen las leyes y el Reglamento del Congreso. Resolución que ya efectuó quien fuera Presidenta en el año 2000, Luisa Fernanda Rudi. -

Lo cierto es que los Reglamentos del Congreso y Senado no establecen plazos sobre aspectos vitales del procedimiento: plazos para la presentación de candidaturas parlamentarias, para ordenar los trabajos de la Comisión Consultiva y para las votación en los Plenos.

> De todo ello habla Luis Lopez Guerra, Jurista y Catedrático de Derecho Constitucional, ex vicepresidente del Tribunal Constitucional y ex vicepresidente del CGPJ, en su documento para la Revista de Las Cortes Generales en 2020. Señala que como consecuencia de las carencias de esos reglamentos, “las fases del procedimiento no se ponen en marcha hasta que los grupos parlamentarios han llegado a un acuerdo (usualmente tardío) en virtud del comentado sistema de cuotas. Lo que, como se indicó, viene a convertir a la renovación de órganos constitucionales en una forma de servir a intereses partidistas, mediante retrasos y dilaciones, distinta del objetivo constitucional de mantener, mediante renovaciones periódicas, la legitimidad democrática de esos órganos”. El propio Luis Lopez Guerra propone con rigor argumental un procedimiento de desbloqueo que traduzco como un plan B.

> Por tanto, una Resolución de la Presidenta del Congreso conforme al artículo 32,2 de su Reglamento, aprobada por la Mesa y la Junta de Portavoces, serviría para iniciar y ordenar el proceso de comprobación, deliberación y negociación, fijar el tiempo y los mecanismos de las reuniones de la Comisión Consultiva que examine y debata las candidaturas y poner plazos para la proclamación de candidaturas al Pleno. Propuestas que pueden ir acompañadas de una valoración de la Comisión sobre la idoneidad de las personas candidatas. Todo ello reduciría la capacidad de bloqueo al objetivar los méritos y transparentar las posiciones.

Si el PP decidiera su autoexclusión, negándose a presentar candidaturas, quedaría retratada su falta de cultura democrática y su voluntad manifiesta de actuar a mala fe. Se comportaría como un partido insumiso a la Constitución y a las leyes que ellos mismos aprobaron e impusieron a los demás en 2013 y que ahora - ¡qué desvergüenza! - dicen querer cambiar por puro tacticismo en su acoso al Gobierno. Los demócratas debemos intentarlo.

*NOTA. Documento ya entregado y enviado al Gobierno, a los órganos de dirección del PSOE y a la Presidenta del Congreso.

 

Odón Elorza

Diputado del PSE-PSOE por Gipuzkoa / San Sebastián 1 de octubre de 2021.

Odón Elorza

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