Proposición de Ley para obligar a una Rendición de Cuentas on line de los diputados.
- Escrito por Odón Elorza
- Publicado en Iniciativas parlamentarias
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 124 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición de Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados para establecer un mecanismo on line de Rendición de Cuentas de los miembros de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de enero de 2023.
EL DIPUTADO
ODÓN ELORZA GONZÁLEZ
PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS PARA ESTABLECER UN MECANISMO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS MIEMBROS DE LA CÁMARA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS :
España aspira a consolidarse como la vanguardia en la aplicación del principio democrático de la rendición de cuentas, con un ejercicio práctico por parte de todos los cargos públicos que sea innovador y pionero en el ámbito de las democracias más avanzadas. Se trata, por tanto, de adoptar nuevas herramientas de acción política alineadas con los valores de la democracia y el derecho fundamental a la participación política que recoge nuestra Constitución (artículo 23.1) y la Unión Europea.
Por otra parte, la necesidad de dar continuidad a un proceso de regeneración democrática en España implica directamente a las instituciones. Entre ellas, el Parlamento juega un papel fundamental en el fortalecimiento de la credibilidad del sistema democrático mediante la creación de mecanismos que favorezcan la participación ciudadana en la vida política, la información veraz y la transparencia sobre la actividad legislativa y una efectiva rendición de cuentas por parte de los parlamentarios.
Por su importancia, la rendición de cuentas de los diputados requiere acordar la aplicación de una buena práctica política que ayudará a mejorar la calidad de nuestra democracia. Permitirá enriquecer la democracia representativa y ayudará a superar la desconfianza de una parte de la sociedad hacia los políticos, los partidos y las instituciones.
El Gobierno de España ya viene desarrollando desde 2020 un Plan de Rendición de Cuentas sobre la acción de gobierno. Es tiempo de que los Diputados rindan cuentas del trabajo que realizan; como mínimo una vez al año.
Por tanto, es exigible, en un ejercicio de responsabilidad política, que quienes componen el Congreso practiquen la rendición de cuentas de manera continuada y accesible para la ciudadanía. Y la potencialidad de las tecnologías de la información lo hacen posible gracias a herramientas como las páginas web.
El uso de internet, como mecanismo para promover la información y la rendición de cuentas on line, es una forma muy accesible de dar cuenta del trabajo efectuado por los diputados y de posibilitar el control público de la ciudadanía sobre su gestión de cara a poder formarse una opinión para la siguiente convocatoria electoral.
Sin embargo, los hábitos de funcionamiento del Congreso no se cambian con facilidad. Se precisa incorporar a su Reglamento buenas prácticas políticas y nuevos compromisos coherentes con el Código de Conducta. Con esos objetivos y en la idea de avanzar hacia un Parlamento Abierto, se presenta esta Proposición de Reforma del Reglamento de la Cámara.
El Reglamento ha de incorporar el deber de todos los miembros de la Cámara de disponer de su propia página web que tendrán que alimentar, de forma rigurosa, con contenidos relacionados con su actividad parlamentaria. No solo para rendir cuentas sino también para favorecer la conexión y el diálogo de los diputados con el electorado al que representan en una democracia parlamentaria.
Será una medida complementaria e imprescindible a las funciones de la web oficial del Congreso que tiene que informar con objetividad y claridad de la actividad que desarrolla y de los acuerdos adoptados. Todo ello en el marco de un modelo institucional de gobernanza participativa y transparente.
Por estas consideraciones, se formula la siguiente Proposición de Reforma del Reglamento:
ARTÍCULO ÚNICO.
En el Capítulo Tercero, “De los deberes de los Diputados”, se añade un nuevo artículo 16 bis al Reglamento del Congreso de los Diputados, con la siguiente redacción.
Artículo 16 bis.
“ 1. Los Diputados están obligados, durante el primer trimestre del inicio de legislatura, a habilitar una página web personal a su costa, cuya denominación se corresponderá con su nombre y apellido y que estará publicitada en la web oficial del Congreso. Su finalidad es la de ejercer la rendición de cuentas on line ante el electorado por parte de cada Diputada y Diputado, así como favorecer la transparencia, la participación ciudadana, el control público y la comunicación con la ciudadanía.
2. La página web que instale cada Diputado deberá recoger, entre otros contenidos: la biografía, declaración de bienes e intereses económicos, las actividades externas compatibles y la actividad parlamentaria que desarrolle en relación con las iniciativas y propuestas que presente, intervenciones, estudios y agenda pública de reuniones y de actos en su circunscripción. Dispondrá, además, de un enlace que permita interactuar a la ciudadanía con el Diputado “.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. También se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
* NOTA : Iniciativa no aceptada por la dirección del Grupo Socialista para poder ser tramitada.