Pregunta al Gobierno sobre las consecuencias del Auto judicial sobre el accidente del tren Alvia que establece responsabilidades de ADIF

                                            A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

D. ODÓN ELORZA GONZÁLEZ, Diputado por Gipuzkoa, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el Art. 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente PREGUNTA en relación con el “Auto de 10 de marzo de 2017 del Juzgado de Instrucción N.3 de Santiago, sobre la responsabilidad de ADIF en el accidente del tren Alvia en Angrois en 2013", para que le sea contestada por escrito.

                                                              EXPOSICION DE MOTIVOS :

El Auto de 10 de marzo de 2017 emitido por el Juzgado de Instrucción N.3 de Santiago de Compostela, en relación con la investigación judicial sobre las causas del accidente ferroviario del tren Alvia acaecido el,pasado 24 de julio de 2013, en la línea 082 y en la curva de Angrois, que produjo 80 pasajeros fallecidos y 144 heridos, señala en su Razonamiento Jurídico Tercero página 11, las siguientes conclusiones :

"Primero, existía una situación de riesgo consistente en el posible descarrilamiento en curva por exceso de velocidad;

Segundo, dicho riesgo era evidente dada la reducción significativa de velocidad que exigía la entrada en la curva (80 km/h) precedida de una larga recta en que el tren podía perfectamente alcanzar velocidades de hasta 200 km/h;

Tercero, dicho riesgo fue convenientemente detectado y comunicado a ADIF por parte de la UTE LAVOS e INECO, reconociendo ambos la insuficiencia del subsistema suministrado (ASFA) para conjurar o mitigar el mismo;

Cuarto, ADIF tenía la obligación normativa y técnica de evaluar y gestionar dicho riesgo hasta hacerlo tolerable desde la óptica de las normas CENELEC, lo que la situaba en una posición de garante respecto de las posibles consecuencias derivadas del incumplimiento de dicha obligación y, finalmente,

Quinto, ADIF no cumplió con dicho deber habiendo tolerado la exportación de dicho riesgo al maquinista sin efectuar una previa valoración integral de la línea que protegiese a los usuarios frente al posible fallo humano, lo que, en términos de contribución causal al resultado finalmente producido, equipara dicho incumplimiento a la imprudencia del maquinista que tenía el deber de conjurar y/o mitigar."

A la vista de lo anterior, se formula al Gobierno la siguiente Pregunta:

¿Piensa el Gobierno, a la vista de las conclusiones recogidas en el Auto judicial señalado, reabrir la investigación correspondiente a la comisión técnica sobre todas las causas que concurrieron en el accidente del tren Alvia en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013?

En el Palacio del Congreso de los Diputados, a 14 de marzo de 2017

EL DIPUTADO ODÓN ELORZA GONZÁLEZ

PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA 20/bgf/F/12

Odón Elorza

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