Acabemos con los aforamientos.

La figura jurídica del aforamiento, con su abusiva proliferación, se ha convertido en un problema por el rechazo que suscita en la sociedad la utilización que hacen de la condición de aforados, como privilegio y escudo, aquellos políticos vinculados a casos de corrupción.

Su mantenimiento se enfrenta a los objetivos de la regeneración democrática del sistema político. La extensión del aforamiento a distintos colectivos -ya serían más de diez mil las personas aforadas y de ellas 2.500 son cargos públicos- y la sospecha de que se apoya como "garantía" en el control político de los partidos sobre el Consejo General del Poder Judicial mediante su designación por el Parlamento, nos obliga a plantearnos una respuesta radical e inmediata a la controvertida figura. No hay que olvidar que, a su vez, el CGPJ determina la composición del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA.

El aforamiento implica alterar las reglas de competencia judicial penal (objetiva, funcional y territorial) en beneficio de un conjunto de personas que adquieren el derecho a ser encausadas y juzgadas por tribunales superiores diferentes al juez ordinario de primera instancia. Las CCAA han extendido esta prerrogativa al contemplarla en sus Estatutos de Autonomía para los parlamentarios autonómicos y altos cargos.

Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial amplía el aforamiento a jueces y fiscales, a miembros del Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial,Tribunal de Cuentas, Consejo de Estado, Defensor del Pueblo y adjuntos, etc.

Mi posición, como Diputado socialista por Gipuzkoa, es coherente con lo acontecido el 20 de junio de 2013 en el Pleno del Congreso, cuando voté en conciencia a favor de una proposición pactada entre IU y UPD que reclamaba la revisión de las leyes para eliminar el alcance de los aforamientos. Recuerdo que mi actitud fue sancionada con una multa de 580 euros por el comité de disciplina del grupo socialista, al optar Rubalcaba por la abstención. El tiempo da y quita razón.

El PP no quiso abordar la cuestión en la legislatura de su mayoría absoluta y hoy resulta urgente actuar. No es fácil la solución al estar recogida en la Constitución la condición de aforados para los Diputados y Senadores, lo mismo que para la Casa Real, el Presidente de Gobierno y sus Ministros. De ahí que su revisión, en el marco de una reforma general de la Constitución, pudiera alejarse en el tiempo por lo que, ante la alarma social existente en la opinión pública, confío plenamente en que Pedro Sánchez resolverá, sin demora, la cuestión con un gesto político de alcance.

En el caso de los Diputados y Senadores defiendo la necesidad de una reforma puntual y exprés del artículo 71.3 de la Constitución para eliminar la condición de aforados. Porque estamos ante una situación anómala e injusta que contraviene el principio de igualdad de todos ante la ley y que está sirviendo para amparar a políticos imputados en casos de corrupción. En Europa no existe esta clase de aforamientos y aquí los alcaldes no gozan de tal fuero.

Mientras no se produzca esa reforma, los parlamentarios tenemos que renunciar a utilizar el escudo de aforado, lo que significaría que, cuando un juez instruya diligencias que involucren a un cargo socialista, este se presentará voluntariamente a declarar ante el juez natural a iniciativa propia, sin esperar a que el Tribunal Supremo requiera un suplicatorio al Parlamento para hacerlo comparecer.

El nuevo Parlamento, dentro del paquete de medidas para impulsar la regeneración, ha de modificar las normas vigentes que otorgan la condición de aforados a los colectivos señalados, empezando por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Al día de hoy debemos comprometernos a votar favorablemente la revisión de la normativa vigente para todos y cada uno de los supuestos de aforamiento, con el objetivo de eliminarlos o restringirlos de modo drástico. Por su parte, las CCAA han de modificar los Estatutos que otorgan la condición singular de aforados a sus parlamentarios autonómicos, que en la actualidad solo pueden ser juzgados por el correspondiente Tribunal Superior de Justicia.

Como una derivada de lo anterior y dentro del objetivo regeneracionista en favor de garantizar la división de poderes, se impone la reforma del sistema de designación parlamentaria de los miembros de los órganos constitucionales y organismos reguladores y supervisores para evitar su "colonización" en base a un reparto de cuotas por los partidos. Me refiero al Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional o Tribunal de Cuentas, entre otros.

Hemos de priorizar la independencia y profesionalidad de sus miembros, de manera que quede garantizada su idoneidad e imparcialidad en el desempeño de sus importantes tareas. Sin adhesiones o compromisos por parte de sus miembros a proyectos políticos partidistas, como ha llegado a proponer "erróneamente" Podemos.

 

 

Odón Elorza / Diputado Socialista por Gipuzkoa

Publicado el 22 de febrero de 2016 en El Diario Vasco.

Odón Elorza

Espacio de diálogo e interacción con el diputado socialista por Gipuzkoa.

Copyright © 2014 - 2023 - Odón Elorza. Todos los derechos reservados.